La Justicia dejó sin efecto la venta de medicamentos fuera de las farmacias
25/4/25Suspendió la vigencia de los artículos del DNU 70 que atentaban contra nuestra profesión y la salud de la población.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dejó sin efecto los artículos del Decreto 70/2023 y su reglamentación posterior, que habían habilitado la venta de analgésicos y antiácidos fuera de las farmacias.
De este modo, los medicamentos de venta libre no podrán ser expendidos ni en supermercados, ni en kioscos, ni en ningún otro lado que no sea una farmacia dirigida por profesionales farmacéuticos.
Este logro para nuestra profesión fue posible gracias a la medida cautelar solicitada por las instituciones farmacéuticas y a Colegas que voluntariamente se presentaron como “ particular damnificado “ por los alcances del decreto. Ver presentación.
La sentencia reconoce que “la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial”, y reafirma, que “el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico".
El fallo, firmado por Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, suspendió los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 Y 324 del DNU 70, y en consecuencia todas las resoluciones reglamentarias. La noticia es de interés para toda la población, de modo que los medios de comunicación nacionales se hicieron eco de ella. En ese sentido, Clarín señaló que “la Cámara Federal revirtió un fallo de primera instancia que le había negado la cautelar a los farmacéuticos y había apoyado la postura del Gobierno. El Gobierno había habilitado la venta de dos tipos de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias: analgésicos y antiácidos. Ahora esa posibilidad deberá ser suspendida a partir del fallo de Cámara y habrá que esperar a que se resuelva la cuestión de fondo para saber cómo quedarán finalmente las competencias”.
Otro de los artículos que suspende el fallo, reconociendo la importancia de nuestra profesión, es el que permitía que un farmacéutico pudiera atender más de una farmacia. Asimismo deja sin efecto la posibilidad de que las droguerías se constituyan como "farmacias" y puedan vender medicamentos al público en forma directa.
Las autoridades del COFYBCF celebraron el fallo, y se manifestaron al respecto: “El sistema de salud vuelve a recuperar la cordura ante la locura que significaba que los medicamentos puedan venderse sin supervisión farmacéutica. Es un logro conjunto de todas las instituciones del sector ,seguimos construyendo el futuro,trabajando día a día para garantizar que llegue de manos seguras a la gente la medicación que necesita ,evitando adulteraciones y falsificaciones de los medicamentos ,como ocurrió en otras épocas cuando se intentó una desregulación similar” señaló Claudio Ucchino, Vicepresidente del Colegio.
Por su parte, la Dra. Margarita Menendez Llano, Presidente de la Sección Farmacéutica señaló: “Es una gran noticia. Ahora la sociedad vuelve a estar protegida, ningún medicamento es inocuo y su ámbito natural es la farmacia, con el profesional Farmacéutico asesorando al paciente en el acto de dispensa” , al tiempo que destacó “la valentía de los Farmacéuticos de nuestro Colegio que se presentaron ante la justicia como damnificados personales del DNU 70, fortaleciendo de este modo la presentación que realizaron las Instituciones Farmacéuticas, y resaltando la importancia que tiene nuestra profesión para garantizar la seguridad del sistema sanitario mostrando el compromiso con la salud de los pacientes que día a día reciben en las farmacias”
Profesionales que se sumaron con su firma a la presentación del Colegio:
Presentación Completa